Por: Ruth Olivares de González
Socia – LatinAlliance Guatemala
Con el ánimo de mantenerlos informados, nos permitimos hacer de su conocimiento que el día 10 de octubre del año en curso fue publicado en el Diario Oficial el Decreto 19-2018, el cual reforma el Decreto 42-2010, Ley que Promueve el Turismo Interno.
El Decreto en mención establece que cuando los asuetos recaigan en los días martes o miércoles, se gozará el día lunes anterior, si recayeren en los días jueves, viernes, sábado o domingo, se gozará el día lunes inmediato siguiente, exceptuándose de esta disposición los días uno de enero, medio día del miércoles santo, jueves y viernes santo, diez de mayo, quince de septiembre, uno de noviembre, medio día del veinticuatro de diciembre, veinticinco de diciembre, medio día del treinta y uno de diciembre y el día de la festividad de la localidad.
Hacemos la observación que personal que labore ordinariamente los días sábados o domingos no le afecta dicha disposición, porque deberán laborar en su jornada normal y disfrutarán del asueto correspondiente siempre el día lunes cuando corresponda.
Sin otro particular, nos despedimos, esperando que estén teniendo éxito en sus labores.
LatinAlliance Guatemala, S.A.