El día 6 de Julio del 2021, fue publicado en Diario Oficial de Guatemala, el Decreto 8-21 del Congreso de la República, que contienen la LEY DE EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD Y DE CREACIÓN DEL MECANISMO DE COMPENSACIÓN POR EL USO DE VACUNAS CONTRA COVID-19 QUE POSEAN AUTORIZACIÓN DE USO DE EMERGENCIA POR LA PANDEMIA DEL VIRUS SARS-COV 2, la misma tiene como objetivo regular lo relativo a la exención de responsabilidad de quienes son considerados personas protegidas, así como la creación de un mecanismo de compensación en virtud de la administración de las vacunas contra COVID-19.

Dicho Decreto añade que el Estado de Guatemala asume la responsabilidad y define el mecanismo de compensación a las personas afectadas por la vacunación, aplicándose a quienes se hayan inmunizado con vacunas adquiridas dentro de los 24 meses a partir de la vigencia de dicho Decreto, y según lo señalado previamente en el Decreto 1-2021, relativo a quienes resulten con alguna una reacción adversa seria como consecuencia de la vacunación.

Adicional se crea un Fondo de Compensación Económica Vacuna COVID-19, por medio del cual se harán efectivas las compensaciones económicas, mismo que es de un valor de Q20 millones (Q 20,000,000.00). Indicándose además diversas formas de compensación a los afectados, según la persona haya sido hospitalizada, si sufre de una enfermedad o incapacidad persistente o significativa o si la persona muere.

El Decreto 8-2021 entró en vigencia el día 7 de Julio 2021.