OBJETIVO

En fecha once de junio de dos mil veinte, se aprobó el reglamento del Fondo de Garantía para la reactivación de las empresas de mayor tamaño (EMT), afectadas por la pandemia provocada por el Covid-19, cuyo objetivo principal tiene como finalidad definir la operatividad del Fondo de Garantía para la reactivación de las Micro, Pequeñas y Mediana Empresa afectadas por el Covid-19, como mecanismo para incentivar el acceso al crédito para la reactivación de la actividad económica de las MiPymes que se han visto afectadas por la disminución de sus flujos de efectivo, derivado de las medidas restrictivas de movilización tomadas por el Gobierno de la República para evitar la propagación del Covid-19, mediante la emisión de Garantías Crediticias.

REFORMAS

El 01 de julio del año 2021 se reforma el reglamento antes mencionado, en sus artículos 23 y 42-A.

En esta reforma lo que se busca es mejorar la aplicabilidad de los fondos de garantía creados por el Banco Central de Honduras, para que se puedan utilizar mayormente sacándole todo el provecho posible.

El fondo de garantía respaldará entre un rango de 40% y 60 % de los créditos que se otorguen a las empresas de mayor tamaño; tomando en cuenta los criterios establecidos en el reglamento y se emitirán los Certificados de garantía de cobertura, hasta un monto máximo de cincuenta millones de lempiras. (L. 50,000,000.00). Además, el artículo 42-A hace mención que en los casos en que el beneficiario decida no continuar con la garantía, BANHPROVI procederá a la devolución de la comisión por emisión de la garantía de forma parcial por meses completados a partir del mes siguiente a la aprobación. Una vez hecha esta devolución se entiende que la Garantía perdió su vigencia. Se tiene un plazo de diez días hábiles para resolver la solicitud de la devolución de la comisión por emisión de garantía.