Por: LatinAlliance
De acuerdo con lo establecido en la resolución DGT-R-075-2019, y sus reformas, se estableció que las sociedades que ejerzan, o no, actividad económica serán consideradas contribuyentes del impuesto a las utilidades. Las sociedades inscritas bajo el código de actividad número 960113, denominado “personas jurídicas constituidas en el país que no desarrollan actividad económica de fuente costarricense” deberán completar la declaración mencionada anteriormente y dicha declaración deberá hacerse a través del Portal ATV (Administración Tributaria Virtual).
La sociedad debe cumplir con los siguientes requisitos para poder completar la declaración:
- Se debe de tener actualizados los datos del domicilio fiscal y representante legal.
- Se debe de hacer la revisión si la sociedad se encuentra inscrita en la categoría económica correcta: 960113.
- Tener al día la presentación de Declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.
- Tener al día el pago del Impuesto a las Personas Jurídicas.
Es importante mencionar que las sanciones por la no presentación de la declaración corresponden al 50% de un salario base.
Nuestro equipo de LatinAlliance Costa Rica le puede colaborar con cualquier duda o proceso relacionado al tema por los canales de comunicación indicados en nuestras plataformas.