Por: Natalia Cruz
Compartimos información recibida de COHEP, la cual contiene el Decreto No. 38-2022, publicado en La Gaceta, No. 35,909 el 8 de abril del 2022.
Este decreto deroga el decreto No. 354-2013 contentivo de la Ley de Empleo por Hora. En su art. 3, prohíbe que el mismo sea invocado como causal de despido de los trabajadores que se desempeñan al amparo de la “Ley de Empleo por Hora”. Entrará en vigor sesenta (60) días después de su publicación en La Gaceta.
Con esta derogación de la Ley de Empleo por Hora en Honduras se pretende darles más estabilidad y protección laboral a los empleados, es necesario mencionar que el trabajo por horas en Honduras está legalmente regulado desde 1974 mediante el Decreto Ley 121 de aplicación del salario mínimo, donde indica que se pueden contratar personas tanto por horas como por media jornada, siempre y cuando se le pagaren todos los derechos laborales;
Los empleados que estaban contratados bajo esa modalidad ahora quedan respaldados bajo la protección de las disposiciones relativas al Derecho del Trabajo, contenidas en el Capítulo V “Del Trabajo” del Título de la Declaraciones, Derechos y Garantías de la Constitución de la República, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Protocolo Facultativo de San Salvador, Convención para Eliminar todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), Código del Trabajo, Ley de Salario Mínimo y demás legislación vigente que reconoce los derechos inalienables de los trabajadores en general.
Además, queda terminantemente prohibido invocar este Decreto de Derogación como causal de despido a los empleados que se regían bajo la Ley de Empleo por Hora, el patrono o empleador que incumpla con esta disposición será responsable civil, administrativa y penalmente según se disponga.