Por: Némesis Escalante

La Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA), en uso de sus facultades según Decreto número 7-2021 y en base a lo establecido en el reglamento para el Control sanitario de productos, servicios y establecimientos de interés sanitario (Acuerdo número 06-2005, La Gaceta número 30,841) comunican a las personas Naturales o Jurídicas que fabriquen, importen y comercialicen productos Cosméticos que a partir del 12 de septiembre del presente año, los productos absorbentes de higiene personal dado el bajo riesgo que tiene para la salud humana, quedaran exentos en su modalidad de registro sanitario, renovación y modificaciones.

Productos Cosméticos y afines que estarán exentos de registro sanitario: Toallas Sanitarias, tampones, protectores, pañales desechables, toallas húmedas, paños húmedos, pañales desechables para incontinencia urinaria, hisopos para aseo personal, papeles higiénico sanitario, algodón y toallas de algodón desmaquillantes.

Para proceder a la importación y comercialización de dichos productos en el país se deberá solicitar ante ARSA una Constancia de Exoneración de Registro Sanitario para productos Absorbentes  de Higiene Personal, por cada producto que desee importar o comercializar, la cual será emitida por única vez.”

Ante cualquier necesidad de asesoría, pueden contactar a nuestro equipo de profesionales del área de Life Sciences-Asuntos Regulatorios por los canales de comunicación indicados en nuestras plataformas.