Por: Némesis Escalante
- ¿Qué es una sustitución patronal? ¿Se puede realizar en Honduras?
La sustitución patronal es un acuerdo se lleva a cabo entre Patrono Sustituido (antiguo empleador) y patrono sustituto (nuevo empleador) donde el Patrono sustituido cede al nuevo patrono las obligaciones y responsabilidades contraídas con sus empleados, con el fin y objetivo principal de respetar los derechos y garantías que se tengan con los mismos desde el inicio de la relación laboral.
- ¿Cuál es el procedimiento y requisitos que se deben realizar para realizar una Sustitución patronal en el país?
Nuestra legislación no establece un procedimiento, sin embargo, se deben realizar y formalizar los documentos siguientes:
- Firmar un Acuerdo de Responsabilidad Solidaria y Solidaridad Laboral entre patrono sustituido y Patrono sustituto.
- Notificar mediante carta a los colaboradores indicando proceso se estará realizando y estableciendo de forma clara proceso a llevar a cabo, indicando condiciones y antigüedad se mantiene y en ningún caso significa finalización del contrato de trabajo existente.
- Realización Adendum a cada contrato de trabajo
- Solicitar asignación Inspector de Trabajo para que de fe y levante Acta el día se firmen los documentos con los empleados, así como firma del Acta realizada por el Inspector de Trabajo.
- Realizar cambio planillas IHSS y cualquier otra inscripción aplicable (RAP, INFOP etc.)
- ¿Qué condiciones se deben tomar en cuenta si se desea realizar proceso de Sustitución Patronal?
- No afectara los contratos de trabajo existentes, por lo que las condiciones y antigüedad laboral se mantienen.
- El patrono sustituido será solidariamente responsable con el nuevo patrono por las obligaciones derivadas de los contratos o de la ley, nacidas antes de la fecha de su sustitución, hasta por el termino de seis (6) meses, y concluido este plazo, subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo patrono.
- Pasivo Laboral será absorbido por el nuevo patrono íntegramente.
- La sustitución laboral no es un proceso optativo para los empleados, sin embargo, si debe ser notificado.