Por: Graciela Gutiérrez
El pasado 19 de junio, con 56 votos fue aprobada por la Asamblea Legislativa, las reformas a la Ley de la Superintendencia de Regulación Sanitaria “SRS”, propuestas por el Director Nacional de Medicamentos, Noe Geovanni García, en el cual se aprobó la modificación al artículo 39, que habla de la disolución de la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM), que establecía que se declaraba disuelta la Dirección Nacional de medicamentos con la entrada en vigor de dicha ley, por lo que se intercalan entre el artículo 39 y 40, el 39-A de la siguiente manera:
“Periodo para la disolución de la Dirección Nacional de Medicamentos, artículo 39 A: La disolución del DNM deberá finalizar según plazo que no exceda de 120 días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley ha dicho plazo se le denominará periodo para la disolución”. Esto con el fin de asegurar una la continuidad ininterrumpida de trámites y servicios que están en proceso. Es decir, que haya una exitosa transición de las labores institucionales.
La Ley entrará en vigencia el 7 de agosto de 2024, después de su publicación en el Diario Oficial, y no el 9 de agosto como se había aprobado en marzo pasado.