Por: Némesis Escalante
La Ley de Inspección de Trabajo, en su artículo 4 manda la creación del Sistema de Registro Nacional simplificado de Patronos (SRNSP), que estará bajo la responsabilidad de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social a través de la Dirección General de Inspección de Trabajo (DGIT), en el cual debe inscribirse todas las personas naturales o jurídicas, particulares o de derecho público con o sin fines de lucro que realicen actividades industriales, comerciales, de servicios, actividades económicas o sociales, contratistas y agencias privadas de empleo como consecuencia de actividades que empleen personas en cualquiera de las modalidades contenidas en la legislación laboral y que empleen personas en cualquiera de las formas que contiene la Ley sobre la materia.
Requisitos de Inscripción:
- Registro Tributario Nacional de la empresa
- Domicilio exacto de la empresa con Croquis
- Correo Electrónico de contacto (representante legal)
- Numero teléfono fijo de la empresa
- Escritura de Constitución de la Empresa
- Permiso de Operación de la empresa
- Numero Patronal del IHSS
- Numero Patronal del INFOP
- Numero de Afiliación del RAP
- Poder o Nombramiento del Representante Legal
- Identificación del Representante Legal (Pasaporte o Numero de Identidad)
- Registro Tributario nacional del Representante Legal
- Correo electrónico y número de teléfono del Representante Legal
- Información del Apoderado Legal
- Confirmar si la empresa cuenta con sucursal o agencia
Dicha inscripción deberá hacerse por medio de https://empleadores.trabajo.gob.hn/ de forma obligatoria para toda empresa constituida en el pais. El plazo de vencimiento es hasta el 20 de octubre del 2024.