Por: Gelmis López

En cumplimiento de la circular MS-ANRS-DF-KVDM-7941-12-22 emitida por la Dirección de Farmacia adscrita a la Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria (ANRS), hace del conocimiento de los usuarios lo siguiente:

  • Permitir la inclusión del código QR impreso en el packaging/estuche/envoltorio/empaque/envase primario y/o secundario de todas las presentaciones registradas de los productos farmacéuticos, con el fin de permitir el acceso inmediato a la información a través de los distintos dispositivos móviles.
  • La incorporación del código QR en el packaging/estuche/envoltorio/empaque/envase primario y/o secundario de los productos farmacéuticos tendrá en esta etapa inicial carácter opcional. Dicho código podrá coexistir con la versión impresa del inserto en formato papel, el código QR no sustituye el prospecto del medicamento.
  • La información a la cual el usuario del producto tendrá acceso por medio del código QR deberá ser la aprobada por la Autoridad Sanitaria. En caso de modificación y/o actualización de información técnica esta deberá ser previamente aprobada por la Dirección de Farmacia.
  • La creación, modificación y/o actualización en la información a la cual se tendrá acceso por medio del código QR quedará bajo responsabilidad del titular del registro del producto.
  • Para incluir, modificar y/o actualizar código QR en el packaging/estuche/envoltorio/empaque/envase primario y/o secundario de los productos farmacéuticos deberá ser ingresado en sistema Karplus como cambio tipo C.

La presente circular entrará en vigor a partir del 01 febrero del 2023.