Por: Daniela Carranza
Las drogas son aquellas sustancias que, introducidas en el organismo vivo, modifican sus funciones fisiológicas con efecto estimulante, deprimente, narcótico o alucinógeno.
Los estupefacientes, son drogas que actúan sobre el sistema nervioso central y que están incluidas en la Convención Única de Naciones Unidas sobre Estupefacientes del 30 de marzo de 1961 y todas las que queden sujetas al control internacional en el futuro, así como las que el Ministerio de Salud declare como tales.
Se denomina psicotrópico a cualquier sustancia, natural o sintética que actúa en el sistema nervioso central o comprendida en el Convenio sobre sustancia sicotrópicas de febrero de 1971, u otro convenio que lo sustituya o modifique, así como las sustancias que el Ministerio de Salud califique como tales.
En la lucha global contra el abuso de drogas y el tráfico ilegal, el control de estupefacientes y psicotrópicos juega un papel crucial. Estas sustancias, con su potencial para causar adicción y daño, representan un desafío constante para la salud pública y la seguridad ciudadana en todo el mundo. Desde la regulación de la producción y distribución hasta la prevención del abuso y la adicción, el control de estas sustancias abarca una amplia gama de medidas destinadas a proteger a las comunidades y promover el bienestar social.
Nicaragua, como muchos otros países, enfrenta desafíos significativos en el control de estupefacientes y psicotrópicos. En medio de una región marcada por el tráfico ilegal de drogas y la creciente prevalencia del consumo de sustancias, el gobierno tiene la importante tarea de proteger la salud pública y garantizar la seguridad ciudadana mientras aborda las complejas dinámicas del tráfico de drogas y la adicción.
¿Cuál es el correcto uso de estas sustancias?
Los fármacos psicotrópicos y estupefacientes están indicados para el tratamiento de diversas enfermedades tales como: epilepsia, ansiedad, depresión y otros trastornos neurológicos. Estos fármacos deben de ser únicamente prescritos por médicos especialistas, dependiendo de la patología que presente el paciente, como nos indica el artículo 41 de la ley 292 ¨las sustancias estupefacientes, únicamente podrán ser prescritas por médicos especialistas y sujetas únicamente a dispensación hospitalaria¨
El uso de estos fármacos debe estar bajo monitorización y siguiendo el esquema de tratamiento planteados por el especialista, ya que de no ser así la falta de apego al tratamiento puede provocar la aparición de muchas reacciones adversas medicamentosas que según su gravedad puede comprometer la salud de los pacientes, es por eso que el artículo 37 de esta misma ley nos informa que ¨Los medicamentos que contengan sustancias controladas solo podrán ser vendidos al público mediante receta médica en un formulario oficial, expedido y controlado por el ministerio de salud, de acuerdo a la lista elaborada por este¨
¿Contamos con leyes que regulan estas sustancias?
Nicaragua cuenta con una gama de fármacos psicotrópicos y estupefacientes en distintas presentaciones y dosis, los cuales se encuentran dentro de la lista básica de medicamentos, estos fármacos cuentan con leyes que permiten un mejor control de ellos mismos, como la ley N°. 177 LEY DE ESTUPEFACIENTES, PSICOTRÓPICOS Y OTRAS SUSTANCIAS CONTROLADAS (aprobada el 27 de mayo de 1994) y la ley 292: “LEY DE MEDICAMENTOS Y FARMACIA” (aprobado el 25 de enero de 1999)
Legislación y regulación
Nicaragua cuenta con un marco legal y regulatorio que establece las bases para el control de estupefacientes y psicotrópicos. La Ley 177 “LEY DE ESTUPEFACIENTES, SICOTROPICOS Y SUSTANCIAS CONTROLADAS”, establece las normativas para la producción, importación, exportación, distribución y uso de estas sustancias en el país. Además, el Ministerio de Salud juega un papel fundamental en la supervisión y regulación de los medicamentos psicotrópicos, asegurando que se utilicen de manera adecuada y segura en el ámbito médico.
Contamos con artículos específicos que nos indica de qué manera en Nicaragua se control el uso de estas sustancias:
Por ejemplo, en el caso de laboratorios que cuentan con estas sustancias está el articulo 40 de la ley 177 ¨Los laboratorios que utilicen en la producción de drogas, medicamentos o sustancias que producen dependencia, rendirán informes periódicos al Ministerio de Salud, de las cantidades de materia prima y precursores recibidos de los medicamentos fabricados y las ventas realizadas¨.
En el caso de importación o exportación el artículo 41 de esta misma ley nos indica que ¨ sustancias controladas, medicamentos que la contengan, precursores o sustancias químicas, deberá verificarse por la Dirección General de Aduanas, contando con la debida autorización judicial¨
Nicaragua cuenta con sanciones para quienes incumplan con lo establecido en la ley, el Artículo 49 (de la ley 177) nos indica que las personasque ¨sin estar autorizados legalmente extraigan, elaboren, fabriquen, o transformen estupefacientes, sicotrópicos u otras sustancias controladas, serán sancionados con presidio de seis a veinte años y multa de diez mil a quinientos mil córdobas¨ asimismo el Artículo 50 menciona que ¨Los que almacenen estupefacientes, sicotrópicos u otras sustancias controladas, sin autorización legal, sufrirán prisión de tres a doce años y multa de cinco mil a cincuenta mil córdobas¨
Prevención y Educación
La prevención del abuso de drogas es una prioridad en Nicaragua, con programas educativos dirigidos a estudiantes, padres y comunidades sobre los riesgos asociados con el consumo de drogas y las estrategias para evitar el uso indebido. Organizaciones no gubernamentales y agencias de salud pública trabajan en colaboración con el gobierno para ofrecer información y recursos sobre prevención y tratamiento de la adicción.
Desafíos y Perspectivas Futuras A pesar de los esfuerzos por controlar estupefacientes y psicotrópicos, persisten numerosos desafíos. Estos incluyen la evolución de nuevas drogas sintéticas que desafían los marcos regulatorios existentes, la corrupción que facilita el tráfico ilegal y la estigmatización que dificulta el acceso al tratamiento para aquellos que luchan contra la adicción. En el futuro, será crucial adoptar un enfoque holístico que combine medidas de prevención, tratamiento y aplicación de la ley para abordar eficazmente el problema de las drogas y proteger la salud y seguridad de las personas en todo el mundo, Nicaragua puede avanzar hacia un futuro más saludable y seguro para todos sus ciudadanos en relación con el control de