Por: German Ruíz
El 8 de agosto, la Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó, con 58 votos a favor, la nueva “Ley de Propiedad Intelectual”. Esta normativa trae consigo importantes cambios, entre los que destaca la reducción de hasta un 50% en los costos de trámites para sectores clave como cultura y artes, la comunidad educativa y las pequeñas y medianas empresas (PYMES). Esta iniciativa busca aliviar las barreras económicas que suelen enfrentar estos sectores al proteger sus creaciones y marcas en el mercado. Además, la ley moderniza el proceso al incluir la realización de trámites de forma digital, lo que agiliza y facilita el acceso a la protección de la propiedad intelectual.
Entre los cambios más destacados, se establece la creación del Instituto Salvadoreño de Propiedad Intelectual, una entidad que centralizará y agilizará los trámites relacionados con activos de propiedad intelectual. Esta nueva ley no solo busca facilitar el registro de derechos mediante un sistema electrónico, sino que también unifica y moderniza las normativas previas. Junto con esta institución, se introducen exenciones de pago para proyectos especiales y para instituciones educativas reguladas por la Ley General de Educación, abarcando trámites como la solicitud, publicación, derechos de registro de signos distintivos, patentes y derechos de autor. Estas exenciones también se extienden al Estado y las municipalidades, permitiéndoles proteger sus innovaciones sin incurrir en costos adicionales.
La normativa también incluye disposiciones especiales para personas con discapacidad, garantizando un acceso más equitativo a las obras protegidas. En cuanto a los nombres comerciales y señales de publicidad, que actualmente cuentan con protección indefinida, la nueva ley establece un periodo de vigencia de 10 años, prorrogables, y en el caso de los nombres comerciales, la renovación estará sujeta a la demostración efectiva de su uso, fortaleciendo así la validez y relevancia de estos signos distintivos. Además, la ley amplía la definición de marca para incluir signos distintivos no tradicionales como marcas de sabor, relieve y textura, brindando nuevas oportunidades para proteger la identidad empresarial.
En el ámbito de las patentes, la normativa adopta un enfoque riguroso al prohibir el registro de invenciones que ya existan y que solo presenten un uso diferente al original. Además, se introduce la Excepción Bolar (derechos conferidos por una patente a un tercero). La protección de los Diseños Industriales también se fortalece, extendiéndose a 15 años con la obligación de realizar pagos quinquenales de mantenimiento, asegurando la protección continua y efectiva de las innovaciones en diseño.
VIGOR:
Una vez sancionada por el presidente de la República y publicada en el Diario Oficial, esta ley entrará en vigor seis meses después