Por: Gabriela Solis

Un producto cosmético, o simplemente “cosmético”, se define como cualquier sustancia o preparado que se destine para ser aplicado localmente en el cuerpo humano con fines de embellecimiento, modificación de su aspecto físico o conservación de las condiciones físico químicas normales de la piel y de sus anexos (sistema piloso y capilar, uñas, labios y órganos genitales externos, dientes y mucosas bucales). En ningún caso un producto cosmético tiene una acción farmacológica y no puede ser ingerido ni inyectado.

Todos los productos cosméticos deben contar con autorización sanitaria para ser expendidos, comercializados o distribuidos en el país.

La regulación sanitaria de Nicaragua garantiza la seguridad de los usuarios al establecer estándares (pruebas organolépticas, físicas y químicas, especificaciones de microorganismos patógenos y especificaciones de limites microbianos) para estos productos. Al controlar las sustancias químicas presentes en los cosméticos y la presencia de ingredientes dañinos se minimiza el riesgo de reacciones alérgicas, irritaciones cutáneas y otros perjudiciales.

  • Requisitos técnicos para la solicitud de inscripción sanitaria de productos cosméticos
  1. Presentar acuse de poder vigente a favor del representante legal
  2. Presentar acuse de poder vigente a favor del profesional farmacéutico
  3. Presentar acuse de poder vigente distribución y comercialización del producto
  4. Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura legalizado vigente en idioma español, si se presenta en otro idioma deberá tener su traducción legalizada emitido por el fabricante.
  5. Toda la documentación debe de detallar el nombre del producto conforme a lo que se dese registrar o presentar carta aclaratoria legalizada.
  6. El nombre del producto a registrar no debe de corresponderse con alguno registrado anteriormente.
  7. Presentar fórmula completa emitida por el fabricante debe de indicar la cantidad de sustancias restringida avalada por el profesional responsable
  8. Presentar especificaciones del producto terminado extendidas por el laboratorio fabricante.
  9. Empaques originales o sus proyectos legibles o etiquetas complementarias
  10. Recibo oficial de pago vigente
  11. El plazo de evaluación para la inscripción sanitaria será aproximadamente entre 30 a 60 días hábiles.