Por: Roxana Bermúdez

La Autoridad Nacional de Regulación Sanitaria (ARNS) es la encargada de garantizar el cumplimiento del Reglamento Técnico Centroamericano (RTCA) 67.01.31:07, cuyo reglamento tiene como fin definir los procesos y requisitos para llevar a cabo registros clasificados como alimentos, estos procesos se realizan en la dirección de alimentos, la cual se encuentra adscrita a la ANRS.

Según RTCA se define como alimento “a toda sustancia procesada, semiprocesada y no procesada, que se destina para la ingesta humana, incluidas las bebidas, goma de mascar y cualquier otra sustancia que se utilicen en la elaboración, preparación o tratamiento de este, pero no incluye los cosméticos, el tabaco ni los productos que se utilizan como medicamentos”.

Para que los alimentos sean comercializados en el mercado nicaragüense deben contar con una inscripción sanitaria ante la autoridad, el cumplimiento documental y análisis de proceso garantizará el otorgamiento de un numero de registro sanitario.

Requisitos al registro sanitario:

  1. Inscripción de poder para realizar los registros y del distribuidor / importador1
  2. Recibo de pago de los aranceles2
  3. Formato de solicitud (llenado solicitud de registro sanitario a inscribir en línea)
  4. Copia de licencia sanitaria del distribuidor (vigente)
  5. Certificado de libre venta de origen o de procedencia, debidamente apostillada y con su traducción
  6. Ficha técnica del producto a registrar
  7. Etiquetas o proyectos de etiqueta3
  8. Presentar 3 muestras de 500 gramos cada una para sólidos y 3 litros para líquidos, según el producto a registrarse.

Se presenta el expediente y muestras en la dirección de alimentos, el trámite es evaluado por la autoridad y verifica el cumplimiento de los requisitos conforme a normas y reglamentos vigentes, una vez aprobado, como señal de esto, la autoridad extiende un certificado de registro sanitario, cuya vigencia es de 5 años desde la fecha de emitido.

Importante mencionar, aquellos productos de un fabricante que tienen la misma fórmula y que varían únicamente en su forma, presentación, nombre o marca, se asigna un único número de registro.

Toda modificación o cambios realizados posterior al registro, deberá notificarse a la ANRS presentando los respectivos requisitos según sea la actualización, como el pago del arancel establecido por la autoridad.

El cumplimiento de los procesos ante la autoridad permite garantizarle a la población nicaragüense alimentos que garanticen inocuidad durante su producción, almacenamiento y distribución, en toda su cadena de suplido, minimizando el riesgo para la salud.

Notas:

1El distribuidor debe contar con licencia sanitaria inscrita y vigente.

2Aranceles según resolución ministerial No.347-2023.

3Según norma técnica de etiquetado de alimentos preenvasados.