Por: Sindy Canté

Guatemala fortalece su marco regulatorio para el manejo de precursores y sustancias químicas controladas, impactando directamente a empresas del sector farmacéutico, químico e industrial.

El Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines (DRCPFA) del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) ha emitido el Comunicado DRCPFA-018-2025, en el cual establece los nuevos lineamientos para la presentación de previsiones de cuota de materia prima, producto terminado, diluciones y mezclas de sustancias químicas sujetas a control.

Estas disposiciones están fundamentadas en el Acuerdo Gubernativo 102-2025 y el Acuerdo Ministerial 201-2025, y buscan estandarizar los procedimientos para la aprobación de cuotas, evaluación de expedientes y emisión de licencias relacionadas con sustancias reguladas.

¿Por qué es relevante para su empresa?

El cumplimiento de estas disposiciones es obligatorio para todas las entidades que fabriquen, importen, distribuyan o utilicen sustancias químicas controladas en Guatemala. No solo implica el cumplimiento técnico, sino también una gestión eficiente de permisos y cuotas, lo cual es clave para evitar sanciones, demoras logísticas o interrupciones operativas.

Principales definiciones legales

Según el Acuerdo Gubernativo 102-2025:

  • Materia prima: Sustancia con pureza definida, empleada en la elaboración de medicamentos.
  • Producto terminado: Producto autorizado, en su envase definitivo y rotulado, listo para su distribución y comercialización.

Clasificación de Sustancias Reguladas

Materias primas

Se consideran materias primas las sustancias puras sin nombre comercial, en las siguientes condiciones:

  • Ácido sulfúrico: concentración ≥ 96% p/p
  • Ácido clorhídrico: concentración ≥ 32% p/p
  • Hidróxido de amonio: concentración ≥ 22% p/p
  • Hidróxido de sodio (disoluciones): concentración ≥ 18% p/p

Productos terminados

Se clasifican como productos terminados aquellas sustancias o mezclas que:

  • Poseen un nombre comercial aún si son sustancias puras
  • Están empaquetadas y etiquetadas para su distribución final
  • Incluyen mezclas definidas en el Acuerdo Ministerial MSPAS 201-2025
  • Contienen disoluciones no cubiertas en la sección de materias primas
  • Corresponden a trisoles o kits de reactivos químicos

Lineamientos para la presentación de previsiones de cuota

Formulario de previsión

Al completar el formulario vigente para previsiones de cuota, se debe considerar:

  • Incluir el nombre completo de la sustancia controlada
  • No sumar la equivalencia en sustancia pura a la cantidad solicitada
  • El volumen solicitado debe coincidir con la presentación de venta

Formulario de solicitud

En caso de usar el formulario de solicitud vigente:

  • Marcar la opción “Agregar sustancia” si se modifica la presentación (por ejemplo, de sólido a líquido)
  • Las ampliaciones solo aplican si existe una solicitud previa con autorización de cuota

Evaluación de sustancias no contempladas

El DRCPFA evaluará caso por caso aquellas sustancias que no estén expresamente incluidas en este comunicado, considerando las características particulares de cada expediente.

¿Cómo impacta esto a su operación?

Este marco normativo obliga a las empresas a revisar con atención:

  • Su catálogo de productos químicos o farmacéuticos
  • La clasificación técnica de cada sustancia usada
  • La gestión documental ante el MSPAS para evitar rechazos o retrasos en las solicitudes

Asesoría legal estratégica en cumplimiento regulatorio

En Latin Alliance Guatemala contamos con un equipo especializado en derecho sanitario y regulatorio, con experiencia asesorando a empresas farmacéuticas, laboratorios, importadoras y distribuidoras de químicos en la región.

Nuestro enfoque es técnico, estratégico y práctico: ayudamos a nuestros clientes a cumplir con las exigencias normativas, anticiparse a riesgos regulatorios y optimizar sus procesos ante autoridades como el MSPAS, Ministerio de Economía y la SAT.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Qué es una previsión de cuota?

Es la solicitud que presenta una empresa ante el MSPAS para obtener autorización de uso o importación de una sustancia química controlada.

¿Qué sucede si una sustancia no está contemplada en el comunicado?

Será evaluada por el DRCPFA de forma individual, considerando su naturaleza y uso.

¿Qué autoridades regulan las sustancias químicas en Guatemala? 

Principalmente el MSPAS, a través del Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines.

¿Su empresa trabaja con sustancias químicas controladas?

Contáctenos para una consulta legal estratégica.
Estamos para apoyarle en la planificación, presentación y seguimiento de sus procesos de previsión de cuota y licencias regulatorias en Guatemala y en Centroamérica.

📩 [email protected]
🌐 www.latinalliance.co